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Nuevos Requisitos de Reportar un DUI

A partir del 1 de enero de 2007, si usted pide un récord de manejo público, cualquier delito de DUI aparecerá en su récord por 10 años desde la fecha en que ocurrió el incidente.

¿Cuáles cambios afectarán los cargos de DUI en un récord de manejo?

A partir del 1 de enero de 2007, nueva legislación extiende el reportaje de delitos de DUI de 7 a 10 años para miembros del público que pidan récords de manejo, incluso las compañías de seguro.

¿Por qué cambió la ley?

La ley permite a las compañías de seguro tener acceso a información de los récords de manejo para así aplicar las nuevas estipulaciones del código de seguro establecidas bajo la medida SB 597 (2005) para determinar si un cliente es elegible para un descuento de buen conductor.

Recibí un DUI en junio de 2005 que ya no aparece en mi récord de manejo. ¿Significa esto que aparecerá de nuevo en mi récord debido a que ocurrió hace menos de 10 años?

Si. De acuerdo a la nueva ley, su cargo de DUI aparecerá de nuevo en su récord de manejo y permanecerá hasta junio de 2015, un periodo de 10 años desde la fecha en que ocurrió el delito.

He recibido un descuento de “buen conductor” en mi seguro de auto desde que mi cargo de DUI en 2004 se borró de mi récord en 2011. ¿Aún seré elegible para este descuento?

Desafortunadamente, no. Bajo la nueva ley, usted no será elegible para el descuento de buen conductor hasta el 2014, 10 años después de la fecha en que ocurrió su delito de DUI.

Comuníquese con un representante de servicio al cliente de Cost-U-Less si tiene preguntas adicionales sobre su tarifa de seguro.

¿Automáticamente se borrará el delito de DUI de mi récord de manejo después de 10 años?

Si. Su delito de DUI que ocurrió hace más de 10 años ya no aparecerá en su récord de manejo público.

¿Me afectará la nueva ley si mi delito de DUI ocurrió hace más de 10 años?

No. Un delito de DUI que tiene más de 10 años de antigüedad no aparecerá en su récord de manejo.

¿Cómo puedo saber cuáles delitos se tendrán que reportar por 10 años?

Bajo la nueva ley, cualquier delito de DUI bajo las secciones del código de vehículo de California 23140, 23152 o 23153 se reportarán por 10 años. Hay otras infracciones no relacionadas a un DUI (tal como 23103.5 “wet reckless”, o manejar bajo los efectos de alcohol sin sanciones graves) que se reportan a la corte y las autoridades por 10 años y podían contar contra usted con el propósito de determinar las multas para un delincuente reincidente, pero continuarán a aparecer en su récord de manejo público solo por 7 años.

¿Por qué está discriminando el DMV a personas con delitos de DUI?

El DMV no discrimina a personas con delitos de DUI. Está implementando legislación diseñada para desalentar los incidentes de DUI al aumentar el periodo en que dicho delito aparece en el récord de manejo.

¿Se podrá hacer una excepción si un individuo no ha recibido alguna infracción o multa después de un DUI?

No, el reportaje de un DUI por un periodo de 10 años aplica a todo conductor no comercial, aunque mantengan un buen récord después del delito de DUI.

¿Qué pasará si mi compañía de seguro anteriormente me dio un descuento de buen conductor y luego descubre que tuve un DUI hace más de 7 años?

Será la responsabilidad de la compañía de seguro aplicar correctamente las estipulaciones del código de seguros y tomar decisiones acerca de su póliza basándose en información específica de su récord de manejo. Puede que modifiquen su póliza, le ofrezcan una nueva póliza que no incluye un descuento de buen conductor o pueden cancelar su póliza por completo. Consulte con un representante de su compañía de seguro si tiene preguntas específicas relacionadas a su elegibilidad para un descuento de buen conductor.

Manejo como parte de mi trabajo y mi empleador participa en el programa Employer Pull Notice (EPN) de DMV. Mi empleador no sabe que tuve un DUI en diciembre de 2004. ¿Será mi DUI reportado a mi empleador?

A partir del 1 de enero de 2007, su DUI aparecerá de nuevo en su récord de manejo debido a que ocurrió en los últimos 10 años. El programa EPN automáticamente genera y manda por correo un récord de manejo al empleador para los nuevos conductores recién inscritos, o tras cualquier acción o actividad que se actualice en el récord, o anualmente para los conductores actualmente inscritos.

Manejo para mi empleador. Temo perder mi trabajo si mi empleador se entera que tuve un DUI en 2004. El DUI no apareció en mi récord del DMV que les entregué hace 9 meses cuando me contrataron.

Su empleador determinará si el DUI afectará su trabajo. Considere hablar con su patrón sobre sus preocupaciones.

¿Cómo me afecta la nueva ley si tengo una licencia de manejo comercial (CDL)?

La nueva ley solo aplica a conductores no comerciales. Debido a los requisitos federales establecidos bajo la ley Motor Carrier Safety Improvement Act (MCSIA) en 1999, el periodo de reportaje de un DUI es diferente para conductores comerciales.

Por ejemplo, una condena por un grave delito cometido en un vehículo comercial, tal como un DUI, permanecerá en un récord CDL por 55 años, así como también la suspensión de la licencia o cualquier acción de retiro.

¿Qué pasa si mi póliza es cancelada debido a un delito de DUI?

Si su póliza es cancelada por cualquier razón, deberá conseguir otra póliza inmediatamente ya que es ilegal en California ser dueño de un auto o manejarlo sin cobertura mínima. Consulte con su compañía de seguro antes de hacer un cambio. Es posible le que ofrezcan una póliza sin el descuento de buen conductor.

La ley actual requiere que su compañía de seguro reporte electrónicamente su información de seguro al DMV. Una vez que su compañía le notifique al DMV que su póliza se ha cancelado, recibirá una notificación indicándole que su registro de vehículo será suspendido si no muestra prueba de un nuevo seguro dentro de 45 días.

Además de mostrar prueba de seguro para el registro de vehículo, si a usted le requieren mantener en su récord un SR-22 para su licencia de manejo, su compañía de seguro tendrá que someter tal documento al DMV de inmediato para evitar la suspensión de su licencia debido a la cancelación de su póliza.

De ser necesario, cualquier persona que no pueda obtener un seguro por medio de su compañía de seguro puede consultar con un agente para someter una aplicación con el California Automobile Assigned Risk Plan (CAARP). Puede contactar al CAARP directamente llamando al 1-800-622-0954.

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