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Audiencia DMV

¿Necesito una audiencia para obtener una licencia restringida para ir y regresar del trabajo?

No. Una solicitud de una licencia restringida no puede ser considerada en la audiencia del DMV. Usted puede solicitar una licencia restringida para conducir hacia y desde el trabajo en cualquier oficina de campo del DMV

¿Cómo es la suspensión o revocación del DMV por el arresto de DUI diferente de la suspensión o revocación después de mi condena en la corte criminal?

La suspensión o revocación del DMV es una acción administrativa tomada sólo en contra de su privilegio de conducir. La suspensión o revocación que sigue a su condena en la corte es una acción forzosa por la cual se le puede imponer cárcel, multa u otra penalización criminal.

Estoy programado para presentarme en corte bajo el cargo de DUI. ¿Esto es similar a una audiencia del DMV?

No. La audiencia del DMV es un procedimiento administrativo con respecto a la suspensión o revocación de su privilegio de conducir únicamente.

¿Por qué el DMV ofrece el derecho a una audiencia si yo ya estoy programado para aparecer en corte por el cargo de DUI?

Las Constituciones Estatal y Federal prevén ambas que nadie debe ser privado de su propiedad sin el debido proceso de la ley. El debido proceso de ley le otorga un aviso de la acción que el DMV intenta tomar en contra de su privilegio de conducir y una oportunidad de ser oído (audiencia).

¿Cómo es diferente la audiencia del DMV del juicio en la corte por DUI?

La audiencia del DMV es un procedimiento administrativo con respecto a su privilegio de conducir y las circunstancias que rodean al arresto, no si usted es inocente o culpable de un hecho criminal. Sólo los siguientes asuntos serán comentados:

Si usted tomó una prueba de sangre o de aliento o (si es aplicable) de orina:

  • ¿El oficial de paz tenía causa razonable para creer que usted estaba conduciendo un vehículo de motor en violación del Código de Vehículos Sección 23140, 23152, o 23153?
  • ¿Se el puso bajo arresto legal?
  • ¿Estaba usted conduciendo un vehículo de motor cuando tenía un 0.08% o más por peso de alcohol en su sangre?

Si usted se rehusó o falló en terminar la prueba de sangre o aliento o (si es aplicable) de orina:

  • ¿El oficial de paz tenía causa razonable para creer que usted estaba conduciendo un vehículo de motor en violación del Código de Vehículos Sección 23140, 23152, o 23153?
  • ¿Se el puso bajo arresto legal?
  • ¿Se le dijo que si usted se rehusaba a someterse o si fallaba en terminar una prueba de sangre o aliento o (si es aplicable) de orina, su privilegio de conducir le sería suspendido por un año o revocado por dos o tres años?
  • Se rehusó a someterse o falló en terminar la prueba de sangre o aliento o (si es aplicable) de orina después de que se lo solicitara el oficial de paz?

¿Estoy obligado a tener una audiencia del DMV?

No. No se le requiere que solicite una audiencia del DMV.

¿La audiencia del DMV sustituye al juicio en la corte?

No. La audiencia en el DMV y el juicio en la corte son independientes entre sí. La audiencia del DMV trata con las circunstancias que rodean su arresto por DUI. El juicio en la corte trata con el hecho de que usted sea inocente o culpable de un hecho criminal.

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